• 23 JUN 17
    Sentencia del Tribunal Supremo sobre el cálculo del despido

    Sentencia del Tribunal Supremo sobre el cálculo del despido

    El Tribunal Supremo en Sentencia de fecha 3 de mayo de 2017, ha determinado qué conceptos retributivos deben incluirse para calcular la indemnización por despido; lo que ha sido siempre una cuestión controvertida y de suma importancia. Un cálculo erróneo en la indemnización puede determinar que un despido objetivo o colectivo perfectamente justificado sea calificado como improcedente.

     La reciente Sentencia ha abordado la cuestión de si los seguros de vida y médico y el plan de jubilación deben considerarse salario, y por tanto, incluirse a efectos de calcular la indemnización por despido. La respuesta del Tribunal es contundente: Tanto las primas del seguro como las aportaciones al plan de jubilación son conceptos salariales que deben computarse. Considera que su naturaleza salarial queda fuera de cuestión desde el momento en que son conceptos que se abonan como consecuencia de la relación laboral y como contrapartida a las obligaciones del trabajador. Cuestión distinta es el importe de las prestaciones que, en su caso, puedan obtenerse por estos aseguramientos. Tales prestaciones serían mejoras voluntarias de la Seguridad Social que no se incluyen en la indemnización.

    Con este pronunciamiento el Tribunal Supremo reitera un criterio que ya había sostenido en la anterior Sentencia de 2 de octubre de 2013, fijando así una jurisprudencia que cierra, en principio de forma definitiva, el debate sobre la inclusión de estos conceptos en la indemnización.

     Fuente: Nota informativa CGCOGSE