• 28 FEB 18
    Sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la constitución de hipoteca

    Sentencia del Tribunal Supremo sobre el impuesto de Actos Jurídicos Documentados derivado de la constitución de hipoteca

    El Pleno de la Sala Primera de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado hoy una Sentencia que dictamina que el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) derivado de la hipoteca debe ser asumido por el cliente.

     La decisión del Supremo llega después de que algunas audiencias provinciales hubieran empezado a considerar abusivo cargar el impuesto al cliente. El argumento para ello era que el beneficiado de que la hipoteca quedara registrada era el banco, que lograba así mayores garantías. Por tanto, debía ser éste quien afrontara el impuesto.

    No obstante, la Sala de lo Civil ha resuelto lo contrario, al entender que es la ley la que claramente establece que el sujeto pasivo del impuesto  asociado a constituir la hipoteca (el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados) es el prestatario (el cliente).

    El fallo se refiere únicamente a este impuesto, no a los demás gastos relacionados con la constitución de la hipoteca.

    En diciembre de 2015, el Tribunal Supremo ya dictó una sentencia donde establecía que las cláusulas hipotecarias que imponen al consumidor el pago de todos los gastos asociados a la concesión del préstamo son abusivas y, por tanto, nulas. Sin embargo, no aclaraba qué gastos debía asumir cada una de las partes.