• 06 FEB 23

    Real Decreto1060/2022 de 27 de diciembre

    Con la modificación introducida por el Real Decreto 1060/2022 de 27 de diciembre, con efectos 1 de abril de 2023 desaparecerá la necesidad de presentación por parte del trabajador de la copia del parte médico a la empresa, por tanto, los trabajadores que a 1 de abril de 2023 se encuentren dentro de los 365 días primeros días de un proceso de incapacidad temporal ya no estarán obligados a entregar sus partes a su empresa.

    Con el nuevo procedimiento la comunicación de baja, confirmación y alta se realizará directamente por la administración a la empresa por medios electrónicos a través del fichero INSS EMPRESAS del sistema de Remisión Electrónica de Datos, dicha comunicación será recibida por el AUTORIZADO RED, es decir por la Asesoría.